Resolucion n° 50/2019 por la cual se aprueba el reglamento de identificación de personas expuestas políticamente, y las medidas de debida diligencia a ser aplicadas por los sujetos obligados determinados en las normas ala/cft de la república del paraguay, conforme a un enfoque basado en riesgos
La Resolución N°50/2019 de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero O Bienes – SEPRELAD establece la obligación de identificar a clientes y usuarios de Billetera Personal que se encuentren en esta condición de manera a realizar un proceso de obtención de información adicional de sus actividades o Debida Diligencia
PEP o Persona Expuesta Politicamente es la denominación dada a toda persona, paraguaya o extranjera, que desempeñe o ha desempeñado funciones públicas en cargos de relevancia. La condición de PEP se mantiene hasta 2 años a partir del cese en el ejercicio de la función pública
Los parientes de la PEP en línea ascendente, descendente y colateral, hasta el 2° grado de consanguinidad; Las personas jurídicas en las que la PEP tenga por lo menos 10% del capital social, aporte o participación; Los socios, accionistas o equivalentes y administradores de las empresas mencionadas en el ítem anterior.
Resolución Nº 77 del 06 de marzo del 2020 SEPRELAD. Por la cual se aprueba el Reglamento de Prevención de Lavado de Activos (LA) y Financiamiento del Terrorismo (FT), basado en un sistema de Administración de Riesgos, dirigidos a las Empresas de medios de pagos electrónicos autorizadas u supervisadas por el Banco Central del Paraguay
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